La Justicia declaró la nulidad del protocolo antipiquetes impulsado por la exministra de Seguridad y actual senadora Patricia Bullrich. La resolución judicial sostuvo que el Ministerio de Seguridad avanzó sobre facultades que no le correspondían, al regular y restringir el derecho constitucional a la protesta mediante una resolución administrativa, sin respetar los procesos previstos por la Constitución ni el paso por el Congreso.
El magistrado emitió esta decisión tras un amparo colectivo del Centro de Estudios Legales y Sociales. El fiscal Fabián Canda ya había cuestionado previamente la resolución de diciembre de 2023. Según él, el texto ministerial omite fundamentos y motivaciones esenciales. Tales elementos resultan indispensables para validar cualquier acción estatal.
Cormick invocó garantías constitucionales que protegen la protesta libre. Recordó que nadie puede verse forzado a actuar contra la ley ni despojado de derechos que ella no veda. Cuestionó además la noción de "impedimento al tránsito" del protocolo. El juez aclara que toda manifestación afecta inevitablemente la circulación vehicular.
La sentencia critica el registro biométrico de participantes por parte de las fuerzas de seguridad. Esa práctica desalienta la participación ciudadana y busca disciplinar a los manifestantes. Cormick también rechazó la definición de fuerza no letal en el manual. El documento ignora criterios claros, condiciones precisas y controles contra excesos.